Seleccionar página
«HAY QUE TENER CUIDADO CON APLICAR RECETAS QUE NO SIRVEN PARA EL DERECHO PÚBLICO»

«HAY QUE TENER CUIDADO CON APLICAR RECETAS QUE NO SIRVEN PARA EL DERECHO PÚBLICO»

Organizado por el Cuerpo de Abogados del Estado y en el marco del Programa ABOGAR, el Doctor Domingo Sesin, docente, juez y especialista en derecho administrativo, dictó una clase abierta sobre la discrecionalidad técnica y la noción de los conceptos jurídicos indeterminados.

En primer lugar, el Dr. Sesin advirtió que hay que “tener cuidado con aplicar recetas que no sirven para el derecho público” y que existen situaciones en las que se corre el riesgo de “sustituir la discrecionalidad administrativa parajudicial”. El magistrado planteó que en la Administración Pública es habitual encontrarse con conceptos genéricos tales como interés y orden público, peligrosidad, salubridad, entre otros, en los cuales “la indeterminación no surge del lenguaje sino de la propia naturaleza de lo que vamos a interpretar”. Entonces, un concepto jurídico indeterminado puede ser entendido como aquella “norma que no precisa en forma detenida y clara cuáles son sus alcances y límites”, por lo tanto esa indeterminación está vinculada no solamente con la norma sino con la propia realidad; es indeterminado cuando sus límites son imprecisos. En tal sentido, el especialista consideró que es muy importante “distinguir conceptos empíricos, es decir, aquellos que pueden ser acreditados con arreglo a una pauta técnica, como si un producto es tóxico o no, de aquellos de valor, como por ejemplo cuando valoramos una obra artística”.

Además, Sesin agregó: “El concepto jurídico indeterminado puede implicar la aplicación de una regla técnica de universal concepto y, por lo tanto, hay una sola solución justa, por ejemplo, la oferta más ventajosa, que es la de menor precio. En otro supuesto, todas las ofertas pueden ser igual de ventajosas, y en ese caso la administración dispone de una herramienta, que es la discrecionalidad. El juez tendrá que controlar si esa alternativa concuerda o no con el ordenamiento jurídico. Cuando la teoría de los conceptos jurídicos indeterminados habla del margen de apreciación, para mí implica la debilidad de esa teoría, porque está admitiendo que hay excepciones y, por lo tanto, existe una porción de discrecionalidad”.

En otro momento de la clase, Sesin explicó que hay varias opiniones sobre lo que es la discrecionalidad técnica. Hay quienes la consideran una especie de discrecionalidad en la que “no se puede llegar a una certidumbre comprobada y existen cuestiones de experiencia o valorativas”. Otra postura, bastante cercana a la primera, “habla de un poder de valoración técnica: cuando estamos frente a lo opinable hay un poder de valoración técnica que corresponde a la administración y no puede haber control judicial”. Una tercera opinión, indicó, sostiene que “la discrecionalidad técnica encierra dos palabras inconciliables, porque lo técnico puede ser verificado con arreglo a los estándares de esa especialidad y lo discrecional implica una zona de libertad, por lo tanto se pronuncian diciendo que no hay discrecionalidad”, con lo cual sería más apropiado hablar de “supuestos excepcionales”.

¿Qué es ABOGAR?

Se trata de un nuevo programa de especialización en abogacía del Estado destinado a los/as abogados/as que hayan ingresado a los servicios jurídicos que conforman el Cuerpo de Abogados del Estado, y a las/os abogados/as que, sin integrar el Cuerpo de Abogados del Estado, posean relación de empleo con el Estado Nacional.

Lanzado conjuntamente por la Escuela del Cuerpo de Abogados del Estado y la Procuración del Tesoro de la Nación, se espera no solo ofrecer conocimientos técnicos sobre Derecho Público y desarrollar las habilidades y prácticas necesarias para la ejecución de las tareas facultadas a los/as abogados/as del Estado, sino también promover el sentido de pertenencia al Cuerpo de Abogados del Estado y afianzar el compromiso en la defensa de los intereses públicos de una sociedad democrática y preocupada por la justicia social y los derechos humanos.

Domingo Sesin es abogado, notario y doctor en derecho y ciencias sociales (UNC). Es especialista en Ciencias Administrativas (Universidad de Roma), Co director en la Maestría de Derecho Administrativo (UNC); Profesor titular de Derecho Procesal Administrativo y de Derecho Administrativo (Fac. De Derecho – UNC). Es Juez del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba, donde preside la Sala Contencioso Administrativa.

Info: Prensa del Gobierno Nacional

«EL JUSTO LÍMITE DEL CONTROL JUDICIAL», CHARLA ABIERTA SOBRE LA DISCRECIONALIDAD TÉCNICA Y CONCEPTOS JURÍDICOS INDETERMINADOS

«EL JUSTO LÍMITE DEL CONTROL JUDICIAL», CHARLA ABIERTA SOBRE LA DISCRECIONALIDAD TÉCNICA Y CONCEPTOS JURÍDICOS INDETERMINADOS

El próximo miércoles 29 de septiembre a las 18 horas, el Dr. Domingo Sesin, Doctor en Derecho y Ciencias Sociales (UNC) y Presidente de la Sala Contencioso Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba, dictará una clase en el marco del programa ABOGAR que podrá seguirse en vivo desde el Canal de la Escuela del Cuerpo de Abogados del Estado.

El Dr. Domingo Sesin es abogado, notario, Doctor en Derecho y Ciencias Sociales (UNC) y especialista en Ciencias Administrativas (Universidad de Roma), co Director de la Maest´ria en Derecho Administrativo (UNC) y Profesor titular de Derecho Procesal Administrativo y de Derecho Admninistrativo (Facultad de Derecho – UNC).


Miembro académico de número de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba. Miembro titular de la Junta Federal de Cortes y Superiores Tribunales de Justicia de las Provincias Argentinas y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (JU.FE.JUS.). Miembro del Instituto Internacional de Derecho Administrativo y Miembro de la Asociación Argentina de Derecho Administrativo. Es Juez del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba, donde preside su Sala Contencioso Administrativa.

EL-JUSTO-LIMITE-DEL-CONTROL-JUDICIAL-DOMINGO-SESIN
EL-JUSTO-LIMITE-DEL-CONTROL-JUDICIAL-DOMINGO-SESIN

¿Qué es ABOGAR?

Se trata de un nuevo programa de especialización en abogacía del Estado destinado a los/as abogados/as que hayan ingresado a los servicios jurídicos que conforman el Cuerpo de Abogados del Estado, y a las/os abogados/as que, sin integrar el Cuerpo de Abogados del Estado, posean relación de empleo con el Estado Nacional.

Lanzado conjuntamente por la Escuela del Cuerpo de Abogados del Estado y la Procuración del Tesoro de la Nación, se espera no solo ofrecer conocimientos técnicos sobre Derecho Público y desarrollar las habilidades y prácticas necesarias para la ejecución de las tareas facultadas a los/as abogados/as del Estado, sino también promover el sentido de pertenencia al Cuerpo de Abogados del Estado y afianzar el compromiso en la defensa de los intereses públicos de una sociedad democrática y preocupada por la justicia social y los derechos humanos.

Info: ABOGAR

TELEGRAMA LABORAL DIGITAL. NUEVA HERRAMIENTA

El servicio web Telegramas Laborales es una herramienta para que las trabajadoras y los trabajadores carguen digitalmente la copia de los telegramas que hayan enviado a sus empleadores por irregularidades laborales. Una vez enviada a la AFIP, la intimación cumple los efectos legales previstos en la ley.

Las trabajadores y los trabajadores pueden optar por cargar su telegrama a través del sitio web de AFIP, luego de ingresar su clave fiscal y contraseña. También se puede cargar por homebanking. En ambos casos y para finalizar la carga, se deberá adjuntar la imagen del telegrama laboral. Cabe destacar que el telegrama debe ser ingresado en el sistema dentro de las 24 hs de enviado al empleador.

Para realizar la carga a través de la web de la AFIP, el trabajador o la trabajadora deberá ingresar con su CUIT y clave fiscal al servicio Telegramas Laborales. Allí, deberán ser consignados los mismos datos detallados anteriormente (opción homebanking).

Para realizar la carga a través de homebanking se deberá ingresar a través de la web de su banco en la opción “servicios AFIP”. Luego seleccionar la opción Telegramas Laborales y consignar allí todos los datos del telegrama:

• Número de telegrama o número de carta documento (carga opcional), consignados en los formularios pre impresos.
• Número de CD (carga obligatoria): código de identificación que figura en la etiqueta que pega el correo el seguimiento y acreditación de su envío. Este dato es obligatorio.

Para poder continuar con la carga, el sistema requerirá la carga del número de CUIT y domicilio del empleador – en caso de no tener esos datos, se deberá seleccionar la opción “sin datos del empleador” – permitiendo además que el empleado agregue las observaciones que crea conveniente.

Si tenés dudas acerca de como realizar la carga del telegrama laboral, AFIP preparó una guía del paso a paso y además, un video tutorial:

> Guía paso a paso: carga de telegrama a través de la web de afip

> Video tutorial: cómo cargar un telegrama laboral a través de homebanking

Info: AFIP

PROPUESTAS PARA AGILIZAR LA JUSTICIA BONAERENSE

PROPUESTAS PARA AGILIZAR LA JUSTICIA BONAERENSE

El gobierno bonaerense impulsa un debate ciudadano para modificar el sistema judicial que haga que los procesos sean más rápidos, justos, transparentes y de fácil acceso.

Desde el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires, encabezado por Julio Alak, se presentó la plataforma digital agendaparticipativa.gba.gob.ar, donde están alojadas las propuestas de actualización y modernización normativa presentadas por la Provincia para agilizar los procesos judiciales y dotar de mayor transparencia a la gestión pública.

“Queremos que la Provincia cuente con leyes que permitan avances en materia de equidad, igualdad, eficacia, velocidad de respuesta y, sobre todo, que garanticen un acceso más democrático y universal a la Justicia. Estamos decididos a abordar una agenda de actualización normativa basada en una amplia participación popular» destacó el gobernador Kicillof al presentar la propuesta.

El anteproyecto estará disponible para que las universidades, ONGs, colegios de abogados, asociaciones de magistrados, sindicatos y toda la comunidad pueda conocerlos, discutirlos y colaborar con la forma final en la que serán presentados ante la legislatura bonaerense. «Esta agenda 2021 tiene como primer objetivo sintetizar las normas más urgentes que necesita la provincia de Buenos Aires» aseguró Julio Alak.

El Secretario General de la Gobernación, Federico Thea, participó de la presentación virtual del número especial de la revista Litigación y Gestión Judicial: “Anteproyecto de Código Procesal de Familias, Civil y Comercial” que llevó adelante el Centro de Estudios en Litigación y Gestión Judicial de Conflictos no Penales, de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la UNLP.

Las propuestas para mejorar el servicio de justicia en la provincia de Buenos Aires

En la plataforma web de agendaparticipativa.gba.gob.ar, pueden encontrarse las 4 propuestas que representa los denominados anteproyectos para que sea discutido públicamente por la ciudadanía, para que llegue al Congreso de la Provincia de Buenos Aires, con la legitimidad necesaria.

1) Anteproyecto de Código Procesal de Familias, Civil y Comercial: incorpora los principios del Código Civil y Comercial y las leyes de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, Mujeres, Salud Mental, Defensa del Consumidor y Mediación; reconoce la existencia de condiciones de vulnerabilidad, perspectiva de género y permite la realización de trámites procesales ajustados a cada problemática, con la implementación de tecnologías y un sistema ágil de notificaciones.


2) Anteproyecto de Ley de Responsabilidad del Estado: en tanto, apunta a la recepción de los principios establecidos por la jurisprudencia sobre el tema, principalmente, la de los tribunales provinciales; propicia un abordaje propio del derecho público que procure arbitrar razonablemente el interés público con los derechos constitucionales y convencionales afectados y legitima la regulación mediante la intervención del Poder Legislativo.


3) Anteproyecto de Ley de Abogadas y Abogados de los Niños, Niñas y Adolescentes: busca garantizar su Derecho Humano a ser oídos y a participar en los procesos judiciales: incorpora el principio de edad y autonomía progresiva; incluye la perspectiva de género y de infancia en la normativa provincial y promueve políticas públicas que garanticen estos derechos esenciales.


4) Anteproyecto de Ley de Ética Pública y Transparencia de la Provincia De Buenos Aires: tiene como principios rectores establecer un sistema de promoción, impulso y garantía de la integridad y la transparencia en el ámbito provincial basados en la prevención y con un enfoque transversal de derechos humanos, género y diversidad para lograr una función pública igualitaria, equitativa y sin discriminación. Prevé además la capacitación obligatoria en ética pública para toda la Administración provincial y la incorporación en los programas de estudio de todos los niveles educativos.

  • Próximamente en la plataforma web y con el mismo procedimiento, se sumarán a estas cuatro iniciativas, la Ley de Procedimiento Laboral 15.057 y la Ley de Régimen Pericial.

entrenossocialinfo.com

CATAMARCA HACIA LA ORALIDAD. LOS JUICIOS POR JURADOS CADA VEZ MÁS CERCA

CATAMARCA HACIA LA ORALIDAD. LOS JUICIOS POR JURADOS CADA VEZ MÁS CERCA

La Comisión de asuntos constitucionales, Judiciales y de Juicio Político de la Cámara de Diputados de de Catamarca, dictaminó favorablemente y por unanimidad, por el proyecto de ley presentado por el departamento ejecutivo de esa provincia donde propone el establecimiento del juicio por jurado popular.

La Comisión que se encuentra presidida por el Diputado Augusto Barros (Frente de Todos), emitió de manera favorable el proyecto de ley que prevé la participación de las y los ciudadanos catamarqueños, conocidos como juicios por jurados, en materia penal. La iniciativa busca adecuarse a lo prescripto por la Constitución Nacional en sus artículos 24 y 118 respecto a esta modalidad, donde permite asegurar la participación de los ciudadanos en las decisiones judiciales y asegurar su legitimación, como también la publicidad y transparencia que deben tener todos los órganos del Estado en el ejercicio de sus funciones.

La propuesta fue motorizada por el gobernador Raúl Jalil a finales del mes pasado, lo que implicaría que Catamarca sea la primera provincia del NOA en avanzar con esta modalidad de procesos. Este modelo de juicios por jurados, establece que los juicios de materia penal que impliquen delitos con penas de más de 20 años de prisión como homicidios, violaciones, lesiones gravísimas contra niños y mujeres y otros delitos graves, sean realizados de manera obligatoria por jurados populares, integrados por 12 ciudadanos, hombres y mujeres en partes iguales. Los y las integrantes de este jurado ciudadano, se desempeñarán bajo las instrucciones legales de un juez/a y decidirán por unanimidad la culpabilidad o no del o la acusada.

El proyecto de ley que tiene el impulso del departamento ejecutivo de Catamarca y de la legislatura cuando lo convierta en ley (como indicarían los gestos positivos de todos los partidos políticos), si no que también, tiene el respaldo de las principales Asociaciones Civiles no Gubernamentales como la AAJJ (Asociación Argentina de Juicio por Jurados), el INECIP (Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales) y la APP (Asociación Pensamiento Penal).

Los juicios por jurados representan el ejercicio democrático mas cabal del Poder Judicial y una herramienta fundamental a la hora de consolidar el sistema acusatorio. La participación de la ciudadanía viene a transparentar y legitimar las decisiones judiciales en momentos donde la administración de justicia viene muy golpeada respecto a la consideración de la población. Actitudes vergonzantes como fiscales federales que se niegan a estar a derecho como cualquier ciudadano y el encubrimiento entre sus pares; las exenciones impuestos a las ganancias; la persecución y encarcelamiento de dirigentes políticos forzando las garantías del debido proceso, y otras cuantas tristes actitudes aisladas dentro de un todo, por supuesto, que hacen que la administración de justicia este deslegitimada.

Actualmente las provincias de Buenos Aires, Neuquén, Chaco, Mendoza, Río Negro, Entre Ríos y Córdoba ya haciendo ejercicio de este instituto. Otras, como Chubut y San Juan, tienen aprobadas las leyes respectivas, pero aún falta su reglamentación para poder ejecutarlas.