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EL MINISTERIO PÚBLICO FISCAL RETORNA A LA PRESENCIALIDAD GRADUALMENTE

EL MINISTERIO PÚBLICO FISCAL RETORNA A LA PRESENCIALIDAD GRADUALMENTE

El polémico e interino procurador general, dispuso que desde el 17 de agosto todas las dependencias deben asegurar la atención presencial por medio de burbujas, pero manteniendo, además, parte del trabajo de manera virtual.

En linea con el DNU/21, Eduardo Casal, dispuso que a partir del 17 de agosto próximo el Ministerio Público Fiscal comenzará a implementar un retorno gradual a la presencialidad, lo que implica que todas las dependencias del organismo «deberán asegurar la atención presencial suficiente para la adecuada prestación del servicio en el horario establecido», sin perjuicio de que sus titulares mantengan el trabajo remoto. En tal sentido, recomendó una serie de medidas sanitarias de prevención para el regreso a la actividad presencial y dispuso que, a fin de organizar el regreso programado a las oficinas, los y las agentes del MPF deberán informar a los titulares de cada dependencia su estado de vacunación y los factores de riesgo que les afecten.

La decisión fue adoptada por Casal a través de la Resolución PGN 52/21, en línea con las recientes disposiciones del Poder Ejecutivo Nacional dadas a conocer a través del Decreto de Necesidad y Urgencia 494/21, en cuyo texto se indica que “de acuerdo a la situación epidemiológica, sanitaria y de coberturas de vacunación, se puede evaluar la habilitación paulatina y controlada de actividades y aforos”. El procurador general interino refiere en los considerandos de su resolución que el artículo 9 de aquél DNU dispuso bajo la denominación de «presencialidad programada» las condiciones en que los y las agentes de la administración pública volverán a prestar servicios bajo esa modalidad.

Eduardo Casal, nombrado por Decreto por Mauricio Macri.

«En ese contexto, corresponde disponer que en todas las dependencias de este Ministerio Público se deberá asegurar la atención presencial suficiente en consonancia con la mayor actividad y movilidad existente, sin perjuicio de mantener la modalidad de trabajo remoto que dispongan sus titulares, especialmente respecto de aquellos/as agentes que se encuentren exceptuados o bien que, por sus condiciones de riesgo y/o su situación respecto del proceso de vacunación, consideren inconveniente su asistencia, teniendo en cuenta los criterios establecidos por la autoridad sanitaria y las particularidades propias de cada jurisdicción», señala la resolución dictada por Casal.

«Se deberá asegurar la atención presencial suficiente en consonancia con la mayor actividad y movilidad existente, sin perjuicio de mantener la modalidad de trabajo remoto que dispongan sus titulares».

Agrega que para que los y las titulares de las respectivas dependencias del MPF puedan valorar prudentemente estas circunstancias, los y las agentes del organismo «deberán informarles acerca de su estado de vacunación y factores de riesgo que los afecten».

En esa línea, la resolución dictada por el procurador general interino recomienda un «sistema de circulación y burbujas, que incluya todas las medidas de cuidado necesarias» previstas en el considerando III de la Resolución PGN 37/20, «a fin de preservar la salud tanto del personal de este Ministerio Público como de los justiciables y público en general».

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